Ley 73
Seguridad Social
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La ley 73, también es conocida como un Sistema de Reparto o beneficio definido. Es decir, son sinónimos. Dado que en la ley 1973 IMSS, se agregan prestaciones adicionales, como guarderías y vivienda, y se definen requisitos para pensión en Retiro Cesantía y Vejez (RCV). Para que una persona pueda pensionarse por RCV debe cumplir 2 requisitos:
- 60 años.
- 500 semanas de cotización.
Una vez cubierto los dos requisitos anteriores, el monto de la pensión será igual al resultado del promedio de las últimas 250 semanas de cotización. En castellano, el promedio de los últimos 5 años de cotización (55-60 o 60-65 años de edad).
Por lo anterior y apegándonos a la denominada ley 73 IMSS nuestros servicios son:
- Pago de Modalidad 40.
- Modalidad 40 Retroactiva.
- Financiamiento de Modalidad 40.
- Diagnóstico de conservación de derechos para modalidad 40.